Se dio a conocer la entrada en vigor de la Resolución 192 de 2024, que modifica la Resolución 44 de 2019, relacionada con la implementación de dispositivos electrónicos de seguridad en las operaciones de tránsito aduanero internacional, transporte multimodal y traslados de mercancías en zonas francas. Esta actualización es un avance significativo hacia la modernización de los procesos logísticos en Colombia y refuerza el control de las mercancías sujetas a control aduanero.

La nueva normativa busca ampliar el alcance de los dispositivos de trazabilidad de carga, que desde su introducción han demostrado ser fundamentales en el seguimiento y seguridad de las mercancías durante su tránsito. Con las modificaciones introducidas, se busca no solo garantizar una mayor seguridad en las operaciones logísticas, sino también fortalecer el control aduanero, facilitando la verificación en tiempo real del movimiento de la carga.
Alcance Ampliado de los Dispositivos Electrónicos de Seguridad
Una de las principales novedades de la Resolución 192 de 2024 es la ampliación del alcance de los electrónicos de seguridad, conocidos también como dispositivos de trazabilidad de carga. Ahora, la normativa incluye una gama más amplia de mercancías, elevando las exigencias para el uso de estos dispositivos en diferentes modalidades de transporte, incluidas las operaciones internacionales y el transporte multimodal, un avance que responde a las crecientes demandas de seguridad y eficiencia en el comercio exterior.
Con esta resolución, se busca mejorar el monitoreo de las mercancías y reducir los riesgos asociados con el contrabando, el robo y otros delitos que pueden comprometer la cadena de suministro. Además, a medida tiene un fuerte componente tecnológico, al incorporar sistemas avanzados que permiten el seguimiento en tiempo real de las cargas en tránsito.
Vigilancia de las Nuevas Operaciones
De acuerdo con el «Abecé de los dispositivos de trazabilidad de carga», la implementación de los dispositivos electrónicos de seguridad se ha extendido a varias operaciones de transporte. A partir de ahora, los nuevos requisitos de trazabilidad serán vigentes para todas las operaciones de tránsito aduanero internacional, así como para el transporte multimodal y los traslados de mercancías en zonas francas. La vigencia de estas nuevas operaciones se inicia con el fin de mejorar los controles y la seguridad del comercio exterior, brindando a las autoridades aduaneras herramientas más efectivas para la vigilancia y el control.
Operadores Autorizados para el Servicio de Trazabilidad
De acuerdo con el «Abecé de los dispositivos de trazabilidad de carga» actualmente se encuentran autorizadas 5 empresas prestadores del servicio:
JM Tracking
Sec Sel
Coltrack
Protekto
Satlock
Estas empresas están certificadas para proporcionar la tecnología y el soporte necesario para el seguimiento de las mercancías, garantizando que los dispositivos cumplan con los requisitos técnicos y operativos establecidos por las autoridades colombianas.
Referencia Legal de los Dispositivos Electrónicos de Seguridad
Es importante destacar que la Resolución 192 de 2024 también incorpora una aclaración crucial en cuanto al término “dispositivo electrónico de seguridad”. Según el parágrafo del artículo 773 del Decreto 1165, cualquier referencia a “dispositivo electrónico de seguridad” debe entenderse igualmente como “dispositivo de trazabilidad de carga para mercancías sujetas a control aduanero”. Este matiz garantiza una mayor claridad legal en cuanto a las obligaciones de los operadores y usuarios de estos dispositivos, asegurando que todos los actores del comercio exterior conozcan los lineamientos y las implicaciones legales del uso de estos sistemas.
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