Buenaventura cobrará $4.235 por tonelada de carga: ¿cómo impactará la logística?
Las operaciones de comercio exterior que movilizan mercancías desde o hacia las terminales portuarias de Buenaventura tendrán que considerar un nuevo costo logístico. Mediante el Decreto Distrital 0338 del 26 de agosto de 2026, la Alcaldía estableció un precio público de $4.235 por cada tonelada transportada en vehículos de carga pesada vinculados a estas operaciones.

La medida busca que parte de los recursos necesarios para atender el impacto del tráfico de carga sobre la infraestructura urbana provenga de las operaciones que utilizan las vías del distrito. Sin embargo, también ha generado preocupación entre los gremios de transporte por sus posibles efectos sobre los costos de movilización y la competitividad del puerto.
Para importadores y exportadores, la pregunta es concreta: ¿cuánto podría aumentar el costo de una operación y cómo prepararse para este nuevo cobro?
¿En qué consiste el nuevo cobro en Buenaventura?
El Decreto Distrital 0338 de 2026 establece un precio público asociado a la circulación de carga pesada que transporta mercancías desde o hacia las terminales portuarias de Buenaventura.
La tarifa se fijó en $4.235 por tonelada efectivamente transportada. Su cálculo se realizará con base en los registros de los sistemas de pesaje electrónico de las terminales o mediante los mecanismos que determine la Administración Distrital. A diferencia de un cobro calculado por vehículo, el valor depende de las toneladas movilizadas.
Por ejemplo, una operación que transporte 30 toneladas generaría un cobro de $127.050, de acuerdo con la tarifa establecida.
Toneladas transportadas | Cobro estimado |
10 toneladas | $42.350 |
20 toneladas | $84.700 |
30 toneladas | $127.050 |
40 toneladas | $169.400 |
Estos valores son ejemplos de cálculo con la tarifa anunciada y no incluyen otros gastos de transporte, portuarios o de comercio exterior.
¿Quién deberá pagar el precio público?
Aunque el cobro está relacionado con la circulación de vehículos de carga pesada, el decreto establece que el propietario de la carga será quien deba asumir el precio público cuando la mercancía ingrese o sea retirada físicamente de la terminal portuaria. Las sociedades portuarias podrán recaudar el valor junto con la facturación de sus servicios y deberán transferir posteriormente los recursos a una cuenta exclusiva administrada mediante una fiducia. Este punto es relevante para las empresas porque el costo puede incorporarse a la estructura económica de una operación de importación o exportación.
Por ello, conviene revisar cómo se distribuirán estos valores entre los participantes de la cadena logística y si los acuerdos comerciales vigentes contemplan este tipo de cobros.
¿Por qué la Alcaldía estableció esta tarifa?
La Administración Distrital argumenta que el tránsito de vehículos pesados genera impactos sobre la infraestructura y la movilidad de Buenaventura.
Entre las situaciones señaladas están:
Deterioro de la malla vial por el tránsito de carga pesada.
Congestión en vías urbanas.
Uso de calles como zonas informales de parqueo y espera logística.
Problemas de seguridad y contaminación asociados a estas dinámicas.
Con el nuevo precio público, la Alcaldía busca recaudar recursos que contribuyan a financiar proyectos relacionados con la infraestructura y la gestión de estos impactos.
Sin embargo, los gremios del transporte han manifestado preocupación por las consecuencias económicas de la medida. Defencarga, por ejemplo, ha solicitado suspender el cobro y abrir una mesa de concertación, al considerar que el nuevo costo puede trasladarse a los transportadores, generadores de carga y demás participantes de la cadena de abastecimiento.
¿Cómo puede afectar los costos de importación y exportación?
El impacto dependerá de la cantidad de toneladas movilizadas y de la estructura de costos de cada operación.
Aunque el valor por tonelada puede parecer reducido frente al costo total de una importación, su efecto puede ser relevante cuando se trata de grandes volúmenes de mercancía o de operaciones recurrentes.
Entre los principales aspectos que las empresas deberían evaluar están:
1. Incremento del costo logístico.El nuevo cobro debe considerarse al calcular el costo total de movilizar mercancías a través de Buenaventura.
2. Revisión de presupuestos.Las empresas que manejan operaciones frecuentes por este puerto pueden necesitar ajustar sus proyecciones de gastos logísticos.
3. Negociación con proveedores y transportadores. Es conveniente revisar las condiciones comerciales y determinar cómo se manejarán los costos adicionales dentro de cada operación.
4. Planeación de las operaciones.Incluir los nuevos conceptos en los presupuestos permite anticipar su efecto sobre los márgenes y los costos de abastecimiento.
5. Seguimiento a la reglamentación.El decreto contempla una reglamentación posterior para definir aspectos como los mecanismos de recaudo, las responsabilidades de control y la ejecución de los recursos. Por ello, las empresas deben verificar las disposiciones operativas vigentes antes de liquidar sus costos definitivos.
¿Existen excepciones al cobro?
Sí. El decreto contempla excepciones para determinadas operaciones y tipos de carga.
Entre ellas se encuentran las cargas destinadas a la Policía, las Fuerzas Militares y la Fiscalía; las ayudas humanitarias y los bienes esenciales durante situaciones de calamidad; y las operaciones de transbordo o transferencia marítima que permanezcan dentro de la misma terminal sin implicar circulación efectiva por las vías comprendidas en la medida.
Además, la tarifa no permanecerá necesariamente fija. El decreto establece que se actualizará automáticamente cada primero de enero, de acuerdo con la variación anual del Índice de Precios al Consumidor (IPC) certificado por el DANE.
Esto significa que las empresas con operaciones recurrentes en Buenaventura deberían considerar tanto el cobro inicial como los ajustes que puedan aplicarse en los siguientes años.
¿Qué deberían hacer los importadores y exportadores?
Ante este nuevo escenario, anticipar el efecto económico de la medida puede ayudar a reducir imprevistos en la planeación logística.
Estas son algunas recomendaciones:
Calcular el impacto por operación: estimar el cobro según el tonelaje movilizado.
Actualizar los presupuestos logísticos: incorporar el nuevo concepto cuando corresponda.
Revisar los acuerdos comerciales: verificar cómo se asignan los gastos asociados al transporte y al movimiento de la carga.
Confirmar las condiciones de aplicación: consultar la reglamentación y los procedimientos vigentes para conocer cómo se realizará el recaudo.
Evaluar la operación integralmente: analizar el costo total de transporte, los servicios portuarios y los demás componentes logísticos antes de tomar decisiones.
La clave no está únicamente en identificar el nuevo cobro, sino en comprender cómo se suma a los demás gastos que intervienen en una operación de comercio exterior.
¿Cómo puede apoyar Melyak International?
Los cambios en los costos portuarios pueden afectar la planificación de las operaciones, especialmente para las empresas que utilizan Buenaventura como punto de entrada o salida de sus mercancías.
En Melyak International acompañamos las operaciones de comercio exterior desde el origen hasta el destino, coordinando los procesos logísticos y realizando seguimiento a los diferentes actores de la cadena.
Nuestro enfoque busca que las empresas tengan mayor visibilidad de sus operaciones, puedan anticipar necesidades y cuenten con una mejor planificación de sus costos logísticos.
¿Su empresa moviliza mercancía por Buenaventura?
Un nuevo cobro puede modificar el presupuesto de transporte y el costo total de una operación.
En Melyak International podemos acompañar la coordinación logística de su carga y ayudarle a planificar su operación con mayor visibilidad y control.







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