El beneficio establece un 50% en la reducción de los intereses de mora y 40% en sanciones e intereses.
Hasta el próximo 15 de mayo, los contribuyentes deudores de impuestos nacionales tienen plazo para radicar y suscribir ante la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) las facilidades o acuerdos para el pago de obligaciones pendientes, beneficio que otorgó la pasada Reforma Tributaria para la Igualdad y la Justicia Social (Ley 2277 de 2022).
Es de recordar que este beneficio permite normalizar sus obligaciones pendientes, pagando solamente el 50% de los intereses y el 40% de las sanciones e intereses de las declaraciones de impuestos que hayan omitido, presentar o deba hacer alguna corrección. Según lo definido por la Reforma Tributaria, la reducción al cincuenta por ciento (50%) de la tasa de interés de mora aplica si el contribuyente paga el valor total del impuesto adeudado. En el mes de mayo la tasa de usura es del 45.41%, descontando los dos puntos porcentuales (2%) señalados en la norma = 43,41%, aplicando la reducción del 50% paga una tasa de interés del 21.7% hasta el 31 de mayo de 2023.
La normatividad define que únicamente podrán acceder a facilidades de pago con plazo igual o inferior a un año –sin necesidad de garantías–, quienes no hayan incumplido facilidades para el pago durante el año anterior a la fecha de presentación de la solicitud.
La Administración Tributaria busca facilitar y promover el cumplimiento voluntario de las obligaciones pendientes de pago de 321.367 deudores, cuyas deudas suman $14,5 billones, siendo las más representativas las de IVA e impoconsumo ($6,4 billones) y retención en la fuente ($5,2 billones) que constituyen el 80%.
Del total de la cartera de IVA, retefuente e Impoconsumo, $5,1 billones corresponden a responsables y agentes retenedores que pese a las acciones de cobro y llamados persuasivos a que normalicen sus obligaciones, a la fecha no han pagado las retenciones en la fuente practicadas y los cobros de IVA e impoconsumo realizados a los consumidores. En otras palabras, cobraron unos impuestos que declararon ante la DIAN, pero omitieron pagar y, por tanto, serán denunciados ante la Fiscalía General de la Nación.
El próximo lunes 8 de mayo, el órgano investigador, en coordinación con la DIAN, ha citado en la ciudad de Bogotá a 1.200 morosos que adeudan obligaciones de retención en la fuente e IVA e Impuesto al Consumo. Vale destacar que el contribuyente que no pague el IVA o Impoconsumo que recaude o las retenciones en la fuente que practique, puede ser condenado a una pena privativa de la libertad de 49 a 108 meses, por omisión del agente retenedor o recaudador.
Finalmente, la DIAN continúa generando espacios y mecanismos de facilitación, en aras de propiciar el cumplimiento de las obligaciones pendientes de todos los deudores, e invita a los interesados a programar su cita, a través de la página web www.dian.gov.co y asistir a los puntos de contacto de la entidad en las diferentes ciudades. De esta manera, podrán suscribir acuerdos de pago y obtener los recibos con el cálculo de los intereses del beneficio, así como la orientación para presentar sus declaraciones de impuestos, en los casos en que sean omisos o inexactos. También lo pueden hacer en el centro de atención telefónica 60(1)3078064.
Fuente: DIAN.
Commentaires