top of page

DIAN aclara uso de moneda extranjera en facturación electrónica

A través del Concepto 637 del 5 de mayo de 2025, la DIAN recordó que toda factura de venta debe indicar el valor total de la operación en pesos colombianos, sin importar si adicionalmente se exprese en otra moneda. Es decir: la moneda fiscal en Colombia es el peso, y este debe usarse en todas las facturas para efectos tributarios.

Esto aplica tanto para facturas actuales como para aquellas emitidas antes de la entrada en vigencia de la Resolución 000042 de 2020. El objetivo es claro: asegurar que los valores registrados reflejen la realidad económica de la operación y faciliten el control tributario.


¿Se puede incluir otra moneda?

Sí, pero como información adicional. El valor oficial debe estar expresado en pesos y ser el que se toma en cuenta para declarar impuestos, soportar deducciones, costos e IVA descontable. Este criterio se mantiene vigente bajo la Resolución 000165 de 2023 y está alineado con lo que establece el artículo 868-2 del Estatuto Tributario.


Recomendación

Las empresas que facturan operaciones en moneda extranjera deben revisar su configuración de software de facturación electrónica para asegurarse de que siempre se exprese el valor total en pesos colombianos. Además, es recomendable capacitar a los equipos contables y de facturación sobre este criterio vigente.

 
 
 

Comments


FABICON.png

Melyak International

Operador Logístico Internacional
PBX: 601 492 6666 - 3015339690 

Zona franca Bogotá - Colombia
Av Calle 13 No.108A -85
Manzanaz 24 Bodega 144

C.P: 110921

Nuestros Servicios

Acerca de nosotros

Tasas de cambio

  • Quiénes somos

  • Política de calidad

  • Misión, visión y valores

  • Nuestras Instalaciones

  • Contacto

  • TRM

  • Tasas de cambio para países vecinos

© 2022  Melyak International SAS. All Rights Reserved. 

 
bottom of page